viernes, 31 de mayo de 2013

Un convenio urbanístico beneficiará a vecinos de Barranquitas

Se aprobó un nuevo convenio urbanístico entre el Municipio y una institución privada. El Ejecutivo brinda una autorización para que amplíen sus salones y como contraprestación, la iglesia cristiana bautista se encargará de poner en valor un espacio público del barrio Barranquitas. Nos referimos al tema:

"Como mencionábamos hace dos sesiones, la celebración de convenios urbanísticos como herramienta para la recuperación de plusvalía vuelve a presentarse esta vez al conceder  este cuerpo, una nueva excepción.

En aquella oportunidad señor presidente decía que me parecía importante  reflexionar, y repensar de qué nos sirve a nosotros como ciudad poseer la posibilidad de acordar convenios urbanísticos.
Y me parece necesario, dado el último convenio sancionado en este recinto, retomar algunas cuestiones para analizar la aplicación de esta herramienta en este caso particular.

Es por eso que planteaba, y los sostengo, que como primera aproximación nos sirven en la medida en que lo que se obtiene de devolución, pueda ser reinvertido en otros sectores de la ciudad en los que su contexto inmediato precisa mejoras.

Si bien la norma que regula los convenios urbanísticos, por supuesto, tiene alcances generales, en este caso, el acuerdo propuesto con la Fundación Cristiana Bautista tiene, como lo he expresado en las comisiones en las que este expediente estuvo a consideración para su análisis, algunas particularidades dignas de destacar, por distintas razones.  

En primer lugar que no estamos otorgando una excepción exclusivamente para la valorización económica de un edificio, ni para el aumento de la rentabilidad de algún emprendimiento inmobiliario;  el  pedido de excepción que hace la fundación es para ampliar los salones donde desarrolla actividades que tienen que ver con la fe, sabemos el valor de la tarea social que realizan estos cultos; con el dictado de clases, con el almacenamiento  de  mercadería para  asistir  a dos  comedores  sociales en la zona de Colastiné Norte y Sur, con actividades culturales como la presentación  de coros y grupos teatrales  y con la confección de  juguetes y materiales didácticos que son usados en proyectos de atención e inclusión a niños, niñas y jóvenes de escasos recursos.

En síntesis, estamos otorgando una excepción para que una fundación continúe y profundice una actividad que ya lleva 68 años al servicio  de  la comunidad.

En segundo lugar  que  esta fundación  hace uso de una excepción que se le otorga  al firmar  este convenio, en un sector de la ciudad que tiene un importante desarrollo urbanístico, donde las propiedades son  de alto valor económico, pero la recuperación de plusvalías se hace en otro sector de la ciudad, en una plazoleta ubicada en el barrio Barranquitas,  donde el espacio público en cuestión, presenta un alto grado de degradación en relación a equipamientos. El proyecto vinculado a la contraprestación incorpora un playón deportivo, cancha de bochas, juegos y la consolidación de paseos peatonales con bancos para el disfrute de los vecinos y vecinas que hagan uso del mismo.

Con esto quiero decir, Señor Presidente, que queda probado, que  el sentido, la esencia con el cual incorporamos los convenios urbanísticos al reglamento de ordenamiento urbano, se puede respetar y cumplir,  cuando existe la voluntad de  ambas partes,  como en éste caso.

En esta línea, ratifico lo que expresara el concejal Campanella en ocasión de la sanción del convenio urbanístico con Smata, que el proyecto de resolución que hoy estamos tratando, representa un avance en materia de planificación y desarrollo de la coproducción público-privada de normas que tienen que ver con el desarrollo equitativo de la ciudad, con generar condiciones de solidaridad y responsabilidad social.

Por otra parte, me parece de fundamental importancia destacar que con esta devolución que se propone, se validan las decisiones de los vecinos y vecinas del barrio Barranquitas, ya que la solicitud de la intervención y la puesta en valor de la Plazoleta Perú, se ha originado desde los mismos habitantes que habitan en el barrio, más concretamente, por un proyecto presentado por la vecinal Barranquitas Sur, durante la cuarta sesión especial en los barrios, que se llevó a cabo en la escuela n° 567 “República Oriental del Uruguay” en junio de 2012  y que este Concejo resolvió acompañar mediante la resolución nº 14.229.

Con esta herramienta además, no sólo es posible consolidar actividades y espacios, es posible también consolidar programas de desarrollo urbano. Como en este caso, que la plaza está ubicada dentro de los Programas Urbanos Integrales del oeste de nuestra ciudad, que comprenden una serie de mejoras urbanas en los barrios de Villa del Parque; Barranquitas Oeste; Unión y Progreso y Barranquitas Sur.

Y con esto quiero ratificar que de ninguna manera estamos evadiendo la responsabilidad directa que tiene el Estado en esta materia, pero sí que tenemos la posibilidad de fortalecer las políticas estatales en relación a la participación activa de los ciudadanos, incorporando los recursos adicionales que nuestra ciudad requiere para financiar su desarrollo. Y que no es menor, dado que generalmente la actualización en el cobro de las tasas es insuficiente frente a las grandes demandas de la urgente urbanización de nuestros barrios.

Revisando las versiones taquigráficas de cuando sancionáramos el Reglamento de Ordenamiento Urbano, recordaba un trabajo muy interesante que se llama “Recuperación de plusvalías urbanas en Argentina. Retrato de lo que no se puede”, realizado por una investigadora santafesina, especialista en derecho urbanístico y políticas de suelo en Latinoamérica, la Dra. Melinda Maldonado, que precisamente la semana próxima estará presente en un panel vinculado a la Ley de Uso de Suelo y Hábitat, presentada a la Legislatura Provincial. En este trabajo, ella señala que en nuestro país, sobre la recuperación de plusvalías urbanas, suele repetirse una actitud que se traduce en la frase “no se puede”, y que a priori cargan con la duda de reflejar la realidad jurídica. Decía también que estas afirmaciones se fundamentan en que el derecho de propiedad es absoluto y que no existen antecedentes en recuperación de plusvalías urbanas.

Sin embargo, la misma autora sewñala que en Argentina har muchas ciudades, la nuestra es una, que están implementando estos instrumentos; de hecho, ojalá retome tratamiento legislativo una iniciativa al respecto en el Congreso Nacional en el que se señala la recuperación de pluvalias urbanas como un deber del Estado, basado en la consagración del derecho a la ciudad, con fundamento principal en la función social e la propiedad, que también se encuentra expresada en la Constitución santafesina.

Por esto, Sr. Presidente, quiero destacar, que a medida en que vamos efectivizando nuevos convenios urbanísticos, queda claro que en Santa Fe, hemos dejado de lado la falsa dicotomía “un poco de muchos o mucho de todos”, que queda demostrado que no es tan difícil y mucho menos imposible  articular  y consensuar entre los actores  que intervienen en un convenio urbanístico: el municipio, el particular o la institución privada que se beneficia con una excepción y  los vecinos  que serán receptores de  la  devolución. Y que este instrumento forma parte de aquellas políticas de Estado que benefician la equidad y la distribución social de la riqueza que se genera, sin dudas, por toda la comunidad.

Tampoco me parece un hecho menor y quiero destacarlo, que también en este convenio queda demostrado que se puede incorporar al expediente el método de cálculo y el valor de la contraprestación, como así también expresar los plazos de iniciación de las obras.


Es por eso señor presidente que celebro la aprobación de este convenio porque podemos verificar en él, muchos de los elementos que desde esta banca venimos militando humildemente, pero con mucha firmeza, desde que se creara esta herramienta."

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